Este martes 03 de diciembre
se celebra el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, por ello, nos
pareció oportuno compartir con ustedes algunos fragmentos del artículo “Con discapacidad,
pero muy capaces”, publicado en el diario La Razón:
“Calificativos
como paralítico, impedido, inválido, inútil, deficiente, minusválido o
subnormal se usaban indiscriminadamente. (...) La metamorfosis de la que he
sido testigo desde que soy parapléjico ha sido rocambolesca. Éste es uno de
los párrafos del libro Perdonen que no me levante, que ha
publicado el diputado popular Francisco Vañó, y en el que relata, en tono de
humor, su realidad, la de una persona que lleva más de 40 años viviendo en una
silla de ruedas. La evolución que se ha
producido en materia de discapacidad no sólo se refleja en el lenguaje; la
legislación también ha tenido que adaptarse y darle a la persona con
discapacidad el papel que merece.”
“Con este espíritu ha nacido la Ley General de Discapacidad, que ayer aprobó el Consejo de Ministros
y que, además de refundir las tres normas vigentes en España en esta materia,
busca dar un paso más y reconocer que las personas con discapacidad son
ciudadanos libres y titulares de derechos, aseguró ayer Ignacio
Tremiño, director general de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.”
La norma que esperan entre en vigor el próximo 3 de diciembre incluye el cambio en el modelo de certificado para que no sólo
se indique el grado de minusvalía, sino que también figuren las habilidades y capacidades que tiene. (…)”
“La Convención
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que aprobó Naciones
Unidas en 2006, España lo ratificó dos años más tarde y el nuevo texto lo que
busca es seguir las directrices de este convenio para unificar todas las normas que se han promulgado en nuestro país –la
conocida como Lismi de 1982, la Liondau de 2003 y la que regula el régimen de
sanciones e infracciones de 2007–, para ello, y por primera vez dentro del
ámbito de la discapacidad, hemos
elaborado la unificación de la mano de las personas con discapacidad,
sostiene Tremiño (…)”
“(…) Otra de las novedades
que introduce la norma es que, en materia de empleo, se determina tres
tipos: el ordinario, el protegido que se da en centros especiales y el
trabajo autónomo (…). Raquel Cárcamo tiene 25 años tiene una discapacidad
psíquica, pero eso no le ha impedido montar una cooperativa junto a otras tres
personas: Ofrecemos cursos para futuros
formadores en derecho de discapacidad. Nos llaman de cualquier punto de España
y nos desplazamos, explica la joven. Reconoce que ha cumplido su sueño
porque siempre me ha gustado ser
profesora, pero no olvida los problemas que ha tenido que superar: Estudié en un colegio ordinario y es difícil
relacionarse con los compañeros, pero lo peor fue cuando empecé a estudiar FP
para ser administrativa. No me dieron ningún apoyo y lo tuve que dejar.”
“Para evitar
problemas de exclusión como los que pudo sufrir Raquel, la ley que se
aprobó ayer también define cuatro tipos
de discriminación: directa, indirecta –cuando existe una cláusula
aparentemente neutra –, por acoso o por asociación. La última se da cuando, por
ejemplo, se segrega a un trabajador al que no se le da un permiso para atender
a un familiar con discapacidad. Asimismo, se protege especialmente a los
menores y mujeres.”
Fuente: La Razón
Autora: Belén V. Conquero
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